Citaciones de la CAF tras la fecha de San Jorge
Photo, Tapa, Turismo Pista
La Comisión Asesora y Fiscalizadora (CAF) de la Asociación Corredores Turismo Carretera (ACTC) dio a conocer resoluciones que atañen a las distintas divisionales del Turismo Pista luego del Gran Premio Coronación de la temporada 2024, que tuvo lugar en el autódromo de San Jorge. El ente fiscalizador cursó cuatro citaciones a declarar y aplicó cuatro sanciones.
Las determinaciones de la CAF de la ACTC
CITACIONES POR VIDEO LLAMADA
Citar al Piloto de la Categoría Turismo Pista Clase 2 Agustín Martín.
Citar al Piloto de la Categoría Turismo Pista Clase 2 Joaquín Melo.
Citar al Piloto de la Categoría Turismo Pista Clase 2 Santiago Lantella.
Citar al Responsable Técnico de la Categoría Turismo Pista Sr. Abel Giorgio.
SANCIÓN A PILOTOS DE LA CATEGORÍA TURISMO PISTA
Aplicar al Piloto de la Categoría Turismo Pista Clase 1 Lucio Rodríguez, la sanción de multa de pesos Ochenta Mil, por trasladar el auto de tiro con un cuatriciclo por la calle de boxes durante la actividad, la que deberá depositar por cuenta y orden de la ACTC dentro de los 30 días de notificado a la Fundación Favaloro, comunicando el cumplimiento de la misma al Dpto. Deportivo.
Aplicar al Piloto de la Categoría Turismo Pista Clase 1 Felipe Rey, la sanción de multa de pesos Ochenta Mil, por no tener la cámara delantera reglamentaria, la que deberá depositar por cuenta y orden de la ACTC dentro de los 30 días de notificado a la Fundación Favaloro, comunicando el cumplimiento de la misma al Dpto. Deportivo.
Aplicar al Piloto de la Categoría Turismo Pista Clase 2 Lucas Garro, la sanción de multa de pesos Ochenta Mil, por no tener la cámara delantera reglamentaria, la que deberá depositar por cuenta y orden de la ACTC dentro de los 30 días de notificado a la Fundación Favaloro, comunicando el cumplimiento de la misma al Dpto. Deportivo.
Aplicar al Piloto de la Categoría Turismo Pista Clase 2 Gonzalo Poles, la sanción de multa de pesos Ochenta Mil, por no tener la cámara delantera reglamentaria, la que deberá depositar por cuenta y orden de la ACTC dentro de los 30 días de notificado a la Fundación Favaloro, comunicando el cumplimiento de la misma al Dpto. Deportivo.
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